Control horario obligatorio

hace 5 años · Actualizado hace 2 años

Hoy hablaremos de control horario y del reciente decreto ley que ha implantado el estatuto de los trabajadores y que obliga a las empresas a registrar la jornada laboral de todos sus empleados teniendo que almacenar esta información por un período de cuatro años. Además te enseñamos diferentes métodos que tienen las empresas para realizar los fichajes así como también de las herramientas de software que se pueden implementar y que serán, para el departamento de recursos humanos, una fuente objetiva de información de la cual se pueden obtener datos estadísticos del absentismo laboral y las diferentes causas que lo ocasionan. Convirtiéndose por tanto en verdaderos cuadros de mando para la toma de decisiones en materia laboral dentro de una organización.

A partir del 12 de mayo todos los trabajadores deberán fichar al entrar  y salir del trabajo.

Ésta obligación viene dada porque a partir de esa fecha las empresas están obligadas a llevar un registro diario de jornada de todos los Trabajadores, cuando nos referimos a todos hablamos de todos, desde el director general hasta el último trabajador de la compañía.
Hasta la fecha esta obligación sólo estaba para los contratos a jornada parcial, a partir de ahora los trabajadores también a jornada completa deberán llevar este registro.

¿Cuál es la finalidad de este registro diario de la Jornada? Pues es comprobar que realmente la jornada pactada en el contrato de trabajo corresponde con la efectivamente realizada por el trabajador. Le permitirá reclamar las horas extras realizadas de más para la inspección de trabajo, le permitirá pedir la cotización de esas horas realizadas de más. Ese registro diario de jornada deberá estar en disposición de todos los trabajadores y de los delegados de personal en su caso, además al trabajador que realice sus horas se le deberá entregar el resumen de ese registro diario, en los contratos a tiempo parcial debe entregarse siempre ese resumen de registro diario, no cumplir con esta obligación supone una infracción, lo que comporta una sanción importante de 6250€ de entrada.
¿Cómo podemos cumplir con esta obligación? Mediante un sistema electrónico o un sistema manual que también nos permite la ley.
El sistema electrónico, me refiero al típico, el sistema de fichar al entrar mediante una tarjeta un código, una huella digital o además a través de alguna aplicación en el teléfono móvil. todo es posible. También es posible el fichaje a través de un registro manual, rellenando una hoja al efecto, donde el trabajador deberá escribir la hora de entrada, apuntar la hora de salida y firmar, eso debe realizarlo diariamente.

¿Cuál es el mejor sistema?
Los 2 son válidos, cada empresa que decida cuál es el sistema que le permite cumplir con esa obligación.

La que proponemos es una solución software y hardware para la gestión de la seguridad física, en modo presencial y fácil de gestionar.

Control de accesos
Control de paso
Monitorización y alarmas
Visitas y contratistas






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    webmaster

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    1. trabajador dice:

      Creo que debería ser obligatorio firmar vía digital y omitir el fichaje manual (escrito) ya que pueden haber alteraciones, sin embargo vía digital es mas exacto y mas detallado.

      1. webmaster dice:

        Efectivamente, este dispositivos es con fichaje por huella digital que lo hace más seguro que no con pin u otros sistemas.

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